Texto oficial
Art. 39°: Si existieren más postulantes que cupos,
tendrán prioridad los funcionarios a quienes sólo falta el
curso de habilitación como requisito para figurar en terna.
En caso de igualdad, se estará a la última calificación
anual y, si persistiere la igualdad, primará la categoría
y dentro de ésta la antigüedad.