Texto oficial
ARTICULO 21° Las acciones en que se divida el capital
de la sociedad "TELEX CHILE Comunicaciones Telegráficas
S.A". se pagarán con los bienes, que se indican valorizados
en el listado anexo de este decreto con fuerza de ley que
forma parte de él y que se transfieren a dicha sociedad con
este fin, sin perjuicio de aquéllos que se le transfieran
en el futuro en conformidad con lo dispuesto en el artículo
precedente.
El listado anexo está constituido por:
a) Máquinas de oficina por un valor de $ 3.930.000 (tres
millones novecientos treinta mil pesos), b) Mobiliarios y
enseres de oficina por un valor de $ 7.790.000 (siete
millones setecientos noventa mil pesos),
c) Equipos e instalaciones de telecomunicaciones por un
valor de $ 240.070.000 (doscientos cuarenta millones setenta
mil pesos),
d) Derecho que corresponde como suscriptor de 178
teléfonos por un valor de $ 526.000 (quinientos veintiséis
mil pesos),
e) Repuestos y materiales de instalación en existencia
por un valor de $ 20.921.156 (veinte millones novecientos
veintiún mil ciento cicuenta y seis pesos),
f) Vehículos motorizados por un valor de $ 1.420.000 (un
millón cuatrocientos veinte mil pesos), y g) Bienes
Raíces por un valor de $ 108.808.893 (ciento ocho millones
ochocientos ocho mil ochocientos noventa y tres pesos).