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Artículo 30 del Decreto Con Fuerza de Ley 12

Estatuto orgánico del instituto de desarrollo;agropecuario

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3872 / 9060380.

Texto oficial

Artículo 30°- El personal del Instituto estará sometido a las disposiciones de Reglamento que se dicte, en conformidad a lo dispuesto en el inciso 1° del artículo 44 de la ley N° 15.020