Texto oficial
Artículo 7°.- El acuerdo de exclusión de un socio que
adopte la Asamblea se tomará en sesión especialmente
citada a este efecto y requerirá en primera citación, de
un quórum de los 2/3 de los miembros en ejercicio, para
adoptar el acuerdo.
En segunda citación requerirá un quórum de la
mayoría absoluta de los socios en ejercicio para sesionar,
y para tomar la decisión, del acuerdo de los 2/3 de los
miembros presentes.