Texto oficial
Artículo 16.- El Consejo de Administración estará
compuesto por 3 socios, si los miembros de la cooperativa
son menos de 15 y si exceden de este número el Consejo se
compondrá de 5 miembros.
El Consejo deberá sesionar con, a lo menos, tres de sus
miembros y adoptará sus acuerdos por mayoría de votos.