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Artículo 2 del Decreto Con Fuerza de Ley 14

Fija el estatuto de organizacion y atribuciones del instituto de normalizacion previsional

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3919 / 9032493.

Texto oficial

Artículo 2°.- El patrimonio del Instituto estará formado con los recursos que se le asignen anualmente en la ley de Presupuesto y con los demás bienes que le ingresen por cualquier concepto, a excepción de los que correspondan a la administración del Fondo de Financiamiento Previsional.