Saltar al contenido

Artículo 10 del Decreto Con Fuerza de Ley 15

Normas sobre deudores habitacionales ley n° 19.003

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3948 · idParte: 5860990

Texto oficial

Artículo 10°. Las disposiciones de este decreto con fuerza de ley serán aplicables a los convenios que celebren o hayan celebrado los bancos o sociedades financieras con sus deudores, en cuanto cuenten con el consentimiento de las partes y cumplan con las condiciones que este decreto con fuerza de ley establece.