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Artículo 15 (DEL ART. UNICO) del Decreto Con Fuerza de Ley 16

Fija texto refundido sistematizado y coordinado de las disposiciones legales relativas a la direccion general del credito prendario

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3963 · idParte: 8481532

Texto oficial

Art. 11° DFL. Artículo 15°.- El Departamento de 33 de 1983 Tasaciones tendrá por objeto la la valoración de los siguientes bienes muebles: a) Los que se reciban en garantía de préstamos; b) Los que vayan a ser subastados por la Dirección, y c) Aquellos cuya valoración sea solicitada por el público. El Jefe de este Departamento tendrá a su cargo la supervigilancia y el perfeccionamiento del personal que desempeñe labores de tasación.