Saltar al contenido

Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 17

Fija estatuto orgánico del instituto de normalizacion previsional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3977 / 7115338.

Texto oficial

Artículo 3°.- La dirección superior y la administración del Instituto corresponderá a un funcionario con el título de Director, quien tendrá la representación legal, judicial y extrajudicial del mismo. El Director será nombrado por el Presidente de la República, siendo de su exclusiva confianza. En caso de ausencia o impedimento, el Director será subrogado por el jefe de Departamento que designe. A falta de esta designación o de la persona designada, lo subrogará el Jefe del Departamento Legal, y en caso de no poder éste lo hará el Jefe del Departamento de Operaciones.