Texto oficial
Artículo 4°.- El Instituto tendrá la siguiente estructura orgánica:
1.- Dirección Nacional, con los siguientes
departamentos:
- Legal
- Operaciones
- Finanzas
- Administración
- Sucursales
- Planificación
2.- Direcciones Regionales con asiento en las ciudades de : Iquique; Antofagasta; Copiapó; La Serena; Valparaíso; Santiago; Rancagua; Talca; Concepción; Temuco; Puerto Montt; Coyhaique y Punta Arenas.