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Artículo 3 de la Ley 8.588

Ley n.o 8,588 dispone cumplir y llevar a efecto como ley de la república el convenio sobre revisión de textos escolares, suscrito con la república del uruguay.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 400267 / 10174290.

Texto oficial

Artículo 3° Para los fines de dar la necesaria aplicación práctica a este acuerdo, se establece que las revisiones a que se refieren los artículos precedentes serán encomendadas a las respectivas Comisiones Nacionales de Cooperación Intelectual u otro organismo competente oficial a la elección de los Gobiernos, los cuales constituirán Comités técnicos para tal efecto.