Texto oficial
Artículo 13° En el ejercicio de estas atribuciones,
los Intendentes y Gobernadores velarán por el cumplimiento
de las leyes y reglamentos que rijan los servicios o
entidades sujetos a su fiscalización y darán cuenta a las
autoridades respectivas de las faltas o deficiencias que
notaren, tanto en el funcionamiento del servicio, como en el
cumplimiento de las obligaciones de los empleados.