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Artículo 77 del Decreto Con Fuerza de Ley 22

Fija el texto de la ley orgánica del servicio de gobierno interior de la república; deroga la ley de régimen interior, de 22 de diciembre de 1885

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4040 / 8097775.

Texto oficial

Artículo 77° Los Intendentes y Gobernadores reprimirán los juegos de azar y denunciarán a la justicia ordinaria las infracciones al decreto ley 71, de 29 de octubre de 1924, y a las disposiciones del Código Penal sobre la misma materia, pudiendo hacerse parte en los procesos respectivos, por sí o por delegado.