Texto oficial
ARTICULO 11° La Oficina de Planificación Nacional se
encargará de todos los trámites relacionados con la
postulación, concesión, prórroga, suspensión y término
de las becas, en particular:
a) Recibir, clasificar y archivar las solicitudes de
becas y demás antecedentes relacionadas con ellas.
b) Encargarse de la tramitación de las becas hasta el
total perfeccionamiento de la resolución que las conceda.
c) Poner a disposición del becario los beneficios
establecidos en los artículos 4° y 4° bis en la forma
prevista en el presente decreto con fuerza de ley.
d) Velar por el cumplimiento de las obligaciones del
VER NOTA 1.- becario.
e) Poner en conocimiento del Consejo los casos de
incumplimiento de sus obligaciones o infracciones en que
incurriere el becario, para los efectos de la adopción de
las sanciones o medidas correspondientes.
f) Los demás cometidos y tareas que le encargue el
Consejo para la correcta aplicación del presente decreto
con fuerza de ley.