Texto oficial
Artículo 7°: Las Instituciones que tengan más de una
Sede deberán enviar los antecedentes enunciados en los
puntos f), g) y h) por cada Sede.
Fija normas sobre centros de formacion tecnica
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4067 / 7115635.