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Artículo 7 del Decreto Con Fuerza de Ley 24

Fija normas sobre centros de formacion tecnica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4067 / 7115635.

Texto oficial

Artículo 7°: Las Instituciones que tengan más de una Sede deberán enviar los antecedentes enunciados en los puntos f), g) y h) por cada Sede.