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Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 25

Crea el ministerio del trabajo y prevision social con dos subsecretarias y el ministerio de salud publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 4077 · idParte: 7115666

Texto oficial

Artículo 3° Las siguientes instituciones se relacionan con el Ejecutivo por intermedio del Ministerio del Trabajo y de Previsión Social: a) Las Cajas de Previsión, excluída la de Defensa Nacional; b) El Servicio de Seguro Social; c) La Caja de Accidentes del Trabajo; d) El Departamento de Indemnización a Obreros Molineros y Panificadores; e) DEROGADA. f) DEROGADA. Los Consejos de los organismos que se relacionan con el Ejecutivo por intermedio del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, serán presididos por este Secretario de Estado.