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Artículo 9 del Decreto Con Fuerza de Ley 27

Aprueba estatuto orgánico de la academia superior de ciencias pedagogicas de santiago

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4105 / 5861857.

Texto oficial

ARTICULO 9°- Son académicos de la Academia Superior de Ciencias Pedagógicas de Santiago, los que se dedican al avance del conocimiento en su disciplina, dan instrucción de ella a sus estudiantes y promueven los intereses de la Corporación como lugar de estudio, investigación y enseñanza.