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Artículo 20 del Decreto Con Fuerza de Ley 27

Aprueba estatuto orgánico de la academia superior de ciencias pedagogicas de santiago

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4105 / 5861869.

Texto oficial

ARTICULO 20°- Corresponde al Rector dictar los reglamentos e impartir las normas necesarias para el funcionamiento de la Academia. El Rector en el ejercicio de sus atribuciones dictará los decretos o resoluciones correspondientes.