Texto oficial
ARTICULO 22°- El Fiscal es un abogado encargado de: ordenar y resolver los procesos administrativos a que haya lugar; asumir la defensa de los intereses de la Academia en los asuntos judiciales o extrajudiciales que le encomiende el Rector; dirigir la Contraloría Interna de la Academia; y asesorar en asuntos jurídicos al Rector y Vice-Rector.