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Artículo 10 del Decreto Con Fuerza de Ley 28

Aprueba el contrato ad referendum celebrado entre el gobierno y el fisco de chile con la south american power company y la compañia chilena de electricidad limitada.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 4112 · idParte: 8870518

Texto oficial

Artículo 10.o La participación en los beneficios de la Compañía Chilena de Electricidad Ltda. correspondiente al Fisco por los años 1945, 1948, 1949 y 1950 en conformidad al Convenio de 26 de Noviembre de 1935, ascendente a dieciséis millones ochocientos treinta y ocho mil cuarenta y tres pesos moneda corriente ($ 16.838.043 m.c.) convertida a dólares a razón de treinta y un pesos por dólar ($ 31 por US$ 1) y reconvertida a moneda corriente a un mil cincuenta pesos por dólar ($ 1.050 por US$ 1), da un total de quinientos setenta millones trescientos veintiún mil ciento cincuenta pesos moneda corriente ($ 570.321.150 m.c.), que se pagarán por la Compañía al Fisco abonándolos a las deudas fiscales pendientes por suministro de energía eléctrica desde los años 1956 a 1959, deudas que se darán por canceladas hasta concurrencia de la referida suma.