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Artículo 9 del Decreto Con Fuerza de Ley 28

Fija el estatuto del personal de la superintendencia de administradoras de fondos de pensiones y determina su planta y regimen de remuneraciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4115 / 7115801.

Texto oficial

Artículo 9°.- De acuerdo a lo dispuesto en el D.F.L. 101, publicado en el Diario Oficial de 29 de Noviembre de 1980, que fija el Estatuto Orgánico de la Superintendencia y a lo establecido en el presente decreto con fuerza de ley, el Superintendente dictará un reglamento interno que fijará las funciones, atribuciones, deberes y responsabilidades del personal, su calificación y demás normas que sean necesarias para un mayor y más eficiente rendimiento de los trabajadores de la Superintendencia.