Texto oficial
Artículo 2.o El Servicio Médico Nacional de Empleados tendrá a su cargo exclusivo la atención de la Medicina Preventiva de los siguientes organismos auxiliares: Caja de Previsión y Ahorro de los Empleados Municipales de Santiago, Caja de Previsión Social de los Empleados Municipales de Valparaíso, Caja de Previsión y Ahorro de los Jornaleros Municipales de Santiago, Caja de Retiro y Previsión Social de los Empleados del Club Hípico de Santiago, Caja de Ahorro y Retiro de los Empleados del Hipódromo Chile, Caja de Retiro y Previsión de los Preparadores y Jinetes; Sección Previsión del Banco Central de Chile, Caja de Retiro y Ahorro de los empleados del Banco Hipotecario de Chile, Sección Especial de Previsión para los Empleados del Banco Francés e Italiano para la América del Sud, Sección de Retiro y Ahorro de los empleados del Banco Italiano, Sección de Retiro y Ahorro de los Empleados del Banco Hipotecario de Valparaíso, Sección de Previsión del Banco de A. Edwards y Cía., Sección de Retiro del Banco Alemán Transatlántico, Sección de Previsión del Banco de Talca, Caja de Previsión para los Empleados del Salitre, Sección de Retiro de los Empleados de Gildemeister y Cía., Sociedad de Previsión Social La Inmobiliaria, Sección de Retiro de los Empleados de M. Hochschild y Cía., Sección de Previsión Social de los Empleados de la Compañía de Consumidores de Gas de Santiago, Sección Especial de Previsión para los Empleados de la Compañía de Cervecerías Unidas, Servicios Médicos de la Empresa de Agua Potable de Santiago, Caja de Retiro y Previsión Social de los Empleados del Valparaíso Sporting Club, Caja de Retiro y Previsión Social de los Preparadores, Jinetes y Empleados de Corral del Club Hípico de Concepción, Caja de Ahorro y Retiro de los Empleados del Club Hípico de Concepción, Caja de Ahorro y Retiro de los Preparadores, Jinetes y Empleados de Corral del Club Hípico de Antofagasta, Caja de Ahorro y Retiro de los Empleados del Club Hípico de Antofagasta.
Las Caja su organismos correspondientes a los servicios médicos colocarán a disposición del Servicio Médico Nacional de Empleados, los aportes correspondientes y podrán contratar con él la atención de medicina curativa para sus imponentes.