Texto oficial
ARTICULO 12° A la Planta del Servicio Exterior se
ingresará solamente en la Séptima Categoría Exterior,
Terceros Secretarios de 2a Clase. Para ello deberá
acreditarse: a) Tener título profesional universitario o
grado académico; b) Situación Militar al día; c) Salud
compatible con las normas del Servicio; d) Haber sido
aprobado en los exámenes a que se refiere el artículo
13°, y e) Haber cumplido los requisitos establecidos en el
Estatuto Administrativo y en este Estatuto.
Inciso Eliminado.