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Artículo 53 del Decreto Con Fuerza de Ley 33

Fija estatuto del personal del ministerio de relaciones exteriores

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4168 / 8626696.

Texto oficial

Art. 53°.- En la medida en que su Presupuesto lo permita, el Ministerio asegurará contra los riesgos de enfermedad, accidentes y hospitalización a los funcionarios y a los miembros de su familia que tienen derecho a pasaje, cuando estén prestando servicios en el exterior. Dichos funcionarios contribuirán con el 50% del costo de la participación relativa que corresponda a su grupo familiar.