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Artículo 104 del Decreto Con Fuerza de Ley 33

Fija estatuto del personal del ministerio de relaciones exteriores

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4168 / 9897063.

Texto oficial

Artículo 104.- La resolución o el decreto supremo, según corresponda, que destine al exterior a los funcionarios de las Plantas de Directivos, de Profesionales y de Técnicos, deberá señalar en cuál de las siguientes categorías de la Planta "A", presupuesto en moneda extranjera, del Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, se desempeñará el funcionario destinado: Categoría Título 2ª Ministro Consejero o Cónsul General de 1ª Clase. 3ª Consejero o Cónsul General de 2ª Clase. 4ª Primer Secretario o Cónsul de 1ª Clase. 5ª Segundo Secretario o Cónsul de 2ª Clase. 6ª Tercer Secretario o Cónsul de 3ª Clase.