Texto oficial
Artículo 6.o El Contralor General formará diversos escalafones del personal de la Contraloría según sus cometidos funcionales o especialidad, y podrá designar libremente al personal de la planta profesional y técnica.
Para desempeñar los cargos de las categorías G o superiores se requerirá estar en posesión de un título profesional universitario o del que otorgue la Escuela de Ciencias Políticas y Administrativas, o del de Contador, o estar inscrito en el Registro del Colegio de Periodistas, según la naturaleza de las funciones respectivas.
Serán títulos válidos para estos efectos los de la Universidad de Chile y los que otorguen las Universidades reconocidas por el Estado.
Para ingresar a la Contraloría en cualquier otro empleo, será necesario, como requisito mínimo, estar en posesión de título de Bachiller en Humanidades u otro legalmente equivalente, salvo los empleos de la Planta Auxiliar, en los que se exigirá haber cumplido con la Ley de Instrucción Primaria Obligatoria.