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Artículo 69 del Decreto Con Fuerza de Ley 42

Aprueba estatuto general de las cajas de compensacion de asignacion familiar

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4238 / 8988204.

Texto oficial

Artículo 69°.- Las medidas disciplinarias son la censura y la destitución. La censura consiste en la reprensión escrita que debe efectuar el Superintendente al director sancionado. La destitución consiste en la privación del cargo de director. Si correspondiere aplicar la medida disciplinaria de destitución, el Superintendente deberá pedirla al Ministro del Trabajo y Previsión Social.