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Artículo 73 del Decreto Con Fuerza de Ley 42

Aprueba estatuto general de las cajas de compensacion de asignacion familiar

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4238 / 8988208.

Texto oficial

Artículo 73°.- El directorio sesionará con un quórum mínimo de tres miembros. Uno de ellos deberá ser director representante de los trabajadores y otro, director representante de las empresas. El directorio adoptará acuerdos por simple mayoría y, en caso de empate, decidirá el presidente. Para modificar o dejar sin efecto un acuerdo será necesario el mismo quórum que se requirió para adoptarlo, salvo los acuerdos que sólo necesiten de simple mayoría, los cuales requerirán, para los efectos indicados, el quórum de la mayoría absoluta de los directores presentes en la correspondiente sesión.