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Artículo 29 del Decreto Con Fuerza de Ley 47

Modifica la ley orgánica del presupuesto

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4276 / 8823852.

Texto oficial

Artículo 29.o El Congreso podrá eliminar o reducir uno o más de los ítem de gastos variables propuestos, pero no podrá aumentar ninguno de los ítem de gastos variables propuestos por el Presidente de la República, ni agregar ningún ítem nuevo, a menos que el aumento o agregación sean aprobados por el Presidente de la República.