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Artículo 5 del Decreto Con Fuerza de Ley 62

Fija planta del servicio de gobierno interior

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4379 / 8988373.

Texto oficial

Artículo 5° Los funcionarios que no fueren encasillados en las plantas a que se refiere el artículo 2° del presente decreto con fuerza de ley, tendrán derecho a los beneficios que otorga el artículo 203° de la ley N° 13.305.