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Artículo 54 del Decreto Con Fuerza de Ley 76

Reorganiza la caja de colonizacion agricola

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4459 / 8466815.

Texto oficial

Artículo 54.o A solicitud de diez o más agricultores de una misma localidad, dueños de minifundios, la Caja podrá intervenir para constituir unidades económicas. Para dar lugar a estas solicitudes, se necesitará acuerdo del Consejo, tomado por los dos tercios de sus miembros, en reunión a que se citará especialmente.