Texto oficial
Artículo 56.o El Consejo determinará, en cada caso, las demás condiciones y requisitos en que ha de efectuarse la reagrupación de minifundios a que se refieren los dos artículos anteriores.
Reorganiza la caja de colonizacion agricola
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4459 / 8466817.