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Artículo 79 del Decreto Con Fuerza de Ley 76

Reorganiza la caja de colonizacion agricola

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4459 / 8466842.

Texto oficial

Artículo 79.o La Caja podrá sortear anualmente una o más parcelas entre los suscriptores de certificados de depósitos para colonización. En este caso no regirán, respecto del beneficiado, las exigencias de los artículos 47.o y 48.o de la presente ley. Se imputará al precio de la parcela el valor del certificado premiado, reajustado a la fecha del sorteo, y el saldo insoluto se cargará a los fondos generales de la Institución. El beneficio que represente para la persona el haber sido favorecida con el sorteo, no será gravado por la Ley de Impuesto a la Renta, ni estará afecto al Impuesto de Donaciones.