Texto oficial
Artículo 83.o La Caja podrá pagar las contribuciones fiscales o municipales que afecten a las parcelas, subrogándose en los derechos del Fisco o de la Municipalidad respectiva.
Reorganiza la caja de colonizacion agricola
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4459 / 8466846.