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Artículo 4 del Decreto Con Fuerza de Ley 90

Decreto Con Fuerza de Ley 90

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 4536 · idParte: 8823955

Texto oficial

Artículo 4.o Agrégase al final del inciso 1.o del artículo 114 del Código de Minería la siguiente frase: "a excepción de las arenas auríferas, platiníferas y estañíferas que pagagarán un peso".