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Artículo 40 del Decreto Con Fuerza de Ley 92

Decreto Con Fuerza de Ley 92

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4551 / 8824001.

Texto oficial

Art. 40. La formación de los lotes guardará relación con el número de cabezas de familia, sus sucesiones y la superficie ocupada por cada una de éstas y aquéllas.