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Artículo 8 del Decreto Con Fuerza de Ley 99

Asigna al fondo nacional de salud funcion que indica, y traspasa personal y recursos financieros que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 4591 · idParte: 8506822

Texto oficial

Artículo 8°.- El presente Decreto con Fuerza de Ley, comenzará a regir a contar del día 28 de Agosto de 1989.