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Artículo 14 del Decreto Con Fuerza de Ley 101

Establece el estatuto orgánico de la superintendencia de administradoras de fondos de pensiones, su organizacion y atribuciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4598 / 7117042.

Texto oficial

Artículo 14°- Corresponde a la División de Adminstración Interna en general el manejo operativo interno del Servicio y principalmente: a) Control de Presupuesto y Contabilidad; b) Adquisiciones; c) Dirección del personal auxiliar; d) Mantención del registro del personal; e) Registro y Control de la documentación del Servicio; f) Mantenimiento de su archivo general; g) Efectuar los pagos de sueldos, honorarios y demás gastos para el funcionamiento de la Superintendencia. El Jefe de esta División tendrá el carácter de Secretario del Servicio y tendrá la calidad de Ministro de Fe en aquellas actuaciones que digan relación con transacciones y otorgamiento de certificados y copias de documentos oficiales emanados de la Superintendencia, y en los casos que así lo dispongan las leyes y reglamentos.