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Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 106

Fija disposiciones por las que se regira la direccion de presupuestos

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 4625 · idParte: 8784202

Texto oficial

Artículo 3.° La Dirección de Presupuestos ejercerá la supervigilancia técnica sobre las Oficinas de Presupuestos y coordinará técnicamente la labor de las oficinas de Racionalización del Sector Público.