Texto oficial
Artículo.... Ningún funcionario en actual servicio,
con motivo de la aplicación de esta ley, podrá ver
disminuida su actual renta ni podrá imponer en la Caja
Nacional de Empleados Públicos y Periodistas y en el Fondo
de Seguro Social, sobre cantidades inferiores a las que les
servían de base para sus cotizaciones a la fecha de su
vigencia, las que por el contrario mantendrán como mínimo
su nivel actual y se aumentarán en el futuro en el mismo
porcentaje en que aumente la escala de sueldos.