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Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 129

De la clasificacion, nombramientos, ascensos y calificacion del personal de las fuerzas armadas.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4718 / 8824044.

Texto oficial

TITULO I {Arts. 3-30} Clasificación Artículo 3.o El Personal de Planta de las Fuerzas Armadas se clasifica en: -Oficiales; -Cuadro Permanente (E y FA) y Gente de Mar (A), y -Empleados Civiles.