Texto oficial
Art. 18. Las Compañías de Seguros deberán enviar mensualmente a la Superintendencia, un resumen que detalle las pólizas emitidas, el monto y colocación de los reseguros cedidos y el monto y procedencia de los aceptados.
Decreto Con Fuerza de Ley 135
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4740 / 9089437.