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Artículo 87 del Decreto Con Fuerza de Ley 135

Decreto Con Fuerza de Ley 135

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 4740 · idParte: 9089506

Texto oficial

Art. 87. Los prospectos, folletos o circulares a que se refiere el artículo anterior deberán contener: a) El nombre, apellido, profesión y domicilio de los socios organizadores, entendiéndose por tales los que firmen el prospecto; b) El domicilio de la sociedad; c) La empresa o negocio que la sociedad se propone y el objeto de que toma su denominación, haciendo de ambas una enunciación clara y completa; d) El capital de la sociedad, el número y clases de acciones en que es dividido, y la forma y plazo en que los socios deban consignar su importe en la caja social; e) El valor que se atribuye a las propiedades que constituyen aporte de capital, con indicación de los títulos que comprueben su dominio; f) Una síntesis de los informes periciales acerca de los diversos aportes no consistentes en dinero; g) El número de acciones asignadas a los organizadores y lo que se destine para gastos de formación de la sociedad; h) La garantía que se exigirá para desempeñar los cargos de directores y el monto de la remuneración.