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Artículo 149 del Decreto Con Fuerza de Ley 135

Decreto Con Fuerza de Ley 135

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4740 / 9089568.

Texto oficial

Art. 149. Toda orden para efectuar una operación de Bolsa se entenderá respecto del comitente, efectuada sobre la base de que éste queda sujeto a los Reglamentos de la Bolsa respectiva aprobados por la Superintendencia.