Texto oficial
Art. 149. Toda orden para efectuar una operación de Bolsa se entenderá respecto del comitente, efectuada sobre la base de que éste queda sujeto a los Reglamentos de la Bolsa respectiva aprobados por la Superintendencia.
Decreto Con Fuerza de Ley 135
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4740 / 9089568.