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Artículo 39 del Decreto Con Fuerza de Ley 148

Estatuto universidad de antofagasta

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4812 / 9033287.

Texto oficial

Título V {ARTS. 39-44} ORGANIZACION Y ATRIBUCIONES DE LOS CUERPOS COLEGIADOS DE LA UNIVERSIDAD De los Cuerpos Colegiados de la Universidad {ART. 39} Artículo 39°.- Los Cuerpos Colegiados de la Universidad serán, además de la Junta Directiva, el Consejo Académico y los Consejos de Facultades.