Texto oficial
Del Consejo Académico (ARTS. 20-21)
ARTICULO 20° El Consejo Académico es una autoridad
colegiada, integrada por el Rector que la presidirá y todos
los Decanos de Facultad. Asimismo, formarán parte de este
Consejo, Directivos Superiores Académicos y Académicos en
las más altas jerarquías, designados por el propio
Consejo, cuya forma de designación, participación y
número será determinado por el Reglamento que deberá
aprobar la Junta Directiva.
Será función del Consejo Académico, asesorar y actuar
como cuerpo consultivo del Rector en todas las materias
relacionadas con las actividades académicas.