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Artículo 34 del Decreto Con Fuerza de Ley 149

Estatuto orgánico de la universidad de santiago de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4817 / 9119652.

Texto oficial

ARTICULO 34° No podrán adquirir la calidad de alumno de la Universidad de Santiago de Chile quienes hubieren sido expulsados de ésta u otra entidad de educación superior.