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Artículo 2 transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 149

Estatuto orgánico de la universidad de santiago de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4817 / 9119669.

Texto oficial

ARTICULO 2° En el mismo período señalado en el artículo anterior, el Rector, presidirá la Junta Directiva con derecho a voz y voto.