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Artículo 4 del Decreto Con Fuerza de Ley 150

Establece la organizacion y fija las atribuciones del ministerio de obras publicas y servicios dependientes

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4819 / 7117615.

Texto oficial

Artículo 4.° El Subsecretario será el colaborador inmediato del Ministro y el Jefe Administrativo del Ministerio. De la Subsecretaría dependerán las siguientes Secciones: 1) Administrativa; 2) Del Personal y Bienestar, y 3) De Decretos.