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Artículo 16 del Decreto Con Fuerza de Ley 150

Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de las normas sobre sistema unico de prestaciones familiares y sistema de subsidios de cesantia para los trabajadores de los sectores privado y publico, contenidas en los decretos leyes n°s. 307 y 603, ambos de 1974

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 4824 · idParte: 8557432

Texto oficial

Artículo 16°.- Por vía reglamentaria se establecerán (DL 307/74 los sistemas y medios de prueba para la concesión de las ART 17°) asignaciones, su mantención y los demás procedimientos administrativos que se estimen necesarios para su estricto control, señalándose los casos en que deban suspenderse los pagos respectivos. En todo caso, para la mantención del beneficio de asignación familiar, no será necesario renovar periódicamente la documentación que compruebe la vigencia de la respectiva carga, salvo en los casos calificados que establezca el reglamento.